Resumen: Si la autoridad laboral debió constatar la existencia de fuerza mayor en el ERTE instado por la empresa de construcción, recurrente en casación ordinaria, para 31 trabajadores, en el periodo coincidente con el permiso retribuido recuperable establecido por el Real Decreto-ley 10/2020, 29 marzo (posterior Ley 4/2021), del 30-3-2020 hasta fin del estado de alarma. Revisión de hechos irrelevante o predeterminante. Falta de prueba de la imposibilidad temporal de continuar con la actividad empresarial (paralización) que no se encuentra entre las afectadas por las medidas de alarma. Principio de congruencia; pidió administrativamente por estado de alarma (RD 463/20) y ahora judicialmente por permiso retribuido recuperable (RDL 10/20). Indicación de reconducción hacia causas técnicas, organizativas o de producción. Costas (1500€)